En España, a partir de 2019, se ha autorizado legalmente la comercialización de la energía sobrante generada por sistemas de autoconsumo solar y que no sea utilizada por sus propietarios. Esto implica que los excedentes energéticos producidos por tales instalaciones pueden ser cedidos a la red eléctrica general, posibilitando que los usuarios de dichos sistemas obtengan beneficios por esta aportación.
En este artículo, exploraremos el tema del autoconsumo solar con excedentes, el cual ha transformado la dinámica de la energía solar en España, detallando los requisitos necesarios para adoptar este modelo y examinando los precios actuales de la energía sobrante, con el fin de informar a los usuarios que se planteen la instalación de estos equipos en su nueva vivienda.
¿Cómo es el funcionamiento del autoconsumo con excedentes?
La posibilidad de contar con autoconsumo con excedentes se muestra como una alternativa viable para aquellos consumidores que cuenten con sistemas de autoconsumo solar en sus residencias. Es esencial resaltar que este sistema de autoconsumo debe estar conectado a la red eléctrica general, lo que significa que los usuarios con sistemas de autoconsumo independientes no podrán sacar provecho de los excedentes.
Para poder solicitar la compensación de excedentes, los usuarios deben cumplir con diversos requisitos, además de permanecer conectados a la red general. Estos requisitos incluyen no exceder una potencia eléctrica de 100 kW y garantizar que la venta de esta energía no se realice con fines de lucro directo.
Adicionalmente, para beneficiarse de este tipo de autoconsumo, los consumidores deben instalar medidores de luz especiales en sus viviendas. Estos medidores deben ser capaces de realizar lecturas bidireccionales, registrando tanto la energía recibida de la red general como la energía aportada a la misma.
Al finalizar los períodos de facturación respectivos, las lecturas de los medidores se emplean para determinar la cantidad de energía recibida y aportada en este sistema de autoconsumo con excedentes.
¿Qué consumidores pueden recibir compensaciones por los excedentes energéticos?
Para obtener los beneficios del autoconsumo con excedentes, es necesario que los consumidores pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
● Personas que posean placas solares en sus residencias y produzcan energía eléctrica adicional.
● Personas que cuenten con paneles solares en sus comunidades de vecinos y generen excedentes de energía eléctrica.
● Personas que dispongan de paneles solares, incluso si estos no generan excedentes de energía eléctrica.
Además de pertenecer a alguno de estos grupos, se deben satisfacer los siguientes requisitos:
● La fuente de generación de la energía eléctrica debe ser renovable, aunque esta condición no es excluyente en el caso de los paneles solares.
● La instalación que alberga los paneles solares no debe exceder los 100 kW en términos de potencia contratada.
● Los usuarios que busquen beneficiarse de este modelo de autoconsumo no deben obtener ganancias directas de la compensación por los excedentes.
● Antes de llevar a cabo la implementación, es necesario acordar contractualmente el modelo de compensación entre las partes. Este contrato será solicitado por la empresa distribuidora de electricidad y se acordará con la comercializadora de electricidad.
¿A qué precio se valoran los excedentes energéticos de las instalaciones?
La compensación por los excedentes producidos por instalaciones de autoconsumo no será fija ni uniforme para todos los usuarios; será variable y estará sujeta al contrato eléctrico establecido.
Este acuerdo se formalizará con la empresa proveedora del servicio de suministro eléctrico en el hogar.
La compañía de comercialización de electricidad será responsable de llevar a cabo las lecturas de los medidores de entrada y salida en la residencia, y, utilizando los valores obtenidos, calculará la cantidad definitiva que se debe abonar como compensación.
La relevancia del tipo de contrato eléctrico en la residencia adquiere importancia en este punto, ya que existen diferencias en función del mercado en el que se encuentre firmado el contrato, diferenciándose entre el mercado libre o regulado de la siguiente forma::
● En el caso de contar con un contrato de electricidad en el mercado regulado, es decir, al tener un suministro con una de las comercializadoras de referencia, se aplicarán las siguientes condiciones:
– La energía suministrada por la empresa hasta la vivienda se valorará de acuerdo con las condiciones de la tarifa PVPC, considerando los precios de la energía en función de los diferentes tramos horarios actuales.
– La energía transferida desde la instalación de autoconsumo a la red se evaluará al precio medio de la electricidad durante el período de facturación, descontando los costos asociados a los desvíos de esta energía, regulados por el Real Decreto.
● En el caso de contar con un contrato eléctrico en el mercado libre, donde las empresas tienen la libertad de establecer sus propias condiciones para atraer a los consumidores, se pueden encontrar diversas tarifas de autoconsumo con excedentes. En estos casos:
– El precio al cual la empresa suministra la energía hasta la vivienda se establece en el momento de la firma del contrato.
– El precio de los excedentes generados por la instalación de autoconsumo y transferidos a la red también se fija previamente mediante contrato.