Fincas Ebro

Cómo Cambiar el Sistema de Elección del Presidente en tu Comunidad de Propietarios

Cómo Cambiar el Sistema de Elección del Presidente en tu Comunidad de Propietarios

Cambiar el sistema de elección del presidente de la comunidad de propietarios puede ser una tarea compleja, pero conociendo las normativas y mayorías requeridas, puedes lograrlo de manera efectiva. Aquí te explicamos los pasos y consideraciones clave según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y la jurisprudencia vigente.

1. ¿Por qué cambiar el sistema de elección del presidente?

La elección del presidente de la comunidad es fundamental para el buen funcionamiento de la misma. Cambiar el sistema de elección puede ayudar a mejorar la transparencia, la participación y la representatividad en tu comunidad.

2. Sistema no contemplado en los Estatutos

Si el sistema de designación del presidente no está especificado en los Estatutos de la comunidad, el cambio puede adoptarse por mayoría simple de los asistentes a la Junta de Propietarios. Es decir, se necesita más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes en segunda convocatoria. Esta opción es más accesible y puede implementarse con una mayor facilidad.

3. Sistema contemplado en los Estatutos

Si el sistema de designación del presidente está establecido en los Estatutos de la comunidad, modificarlo implica cambiar los propios Estatutos. Según el artículo 17.6 de la LPH, esto requiere unanimidad. Todos los propietarios deben estar de acuerdo para efectuar la modificación. Este es un desafío mayor, ya que conseguir la unanimidad puede ser complicado.

4. Mayorías requeridas en la Junta de Propietarios

Para la elección del presidente en sí, la mayoría requerida varía según la convocatoria de la Junta:

  • Primera convocatoria: Se necesita la mayoría del total de propietarios que representen la mayoría de las cuotas de participación.
  • Segunda convocatoria: Basta con la mayoría de los asistentes, siempre que representen más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.

Por todo esto, cambiar el sistema de elección del presidente en tu comunidad de propietarios requiere un buen entendimiento de las normativas y mayorías necesarias. Si no está regulado en los Estatutos, una mayoría simple es suficiente. Sin embargo, si está en los Estatutos, la unanimidad es imprescindible. Asegúrate de informar y convencer a todos los propietarios para lograr un cambio efectivo y beneficioso para la comunidad.

Comparte este contenido

Más contenido como este

Aquí puedes enviarnos información sobre tu inmueble. La revisaremos lo antes posible.

Datos de contacto


Localización


Características del inmueble